La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos decidirá mañana si hace lugar al recurso presentado por la defensa de Nahir Galarza para que sea impugnada la condena a prisión perpetua por matar a balazos a Fernando Pastorizzo, en 2017 en la ciudad de Gualeguaychú, informaron fuentes judiciales.

Se trata de un recurso de impugnación extraordinaria presentado por la defensa de Nahir contra el fallo de la sala II de la Cámara de Casación Penal de Concordia, que el 3 de julio del año pasado confirmó la sentencia de primera instancia dictada por un Tribunal de Gualeguaychú en 2018.

Fuentes judiciales informaron a Télam que esta nueva audiencia, en la que no se descarta la presencia de Nahir, comenzará a las 9.30 en el Salón Oyhampé ubicado en el primer piso de los tribunales de Paraná, y estará a cargo de los jueces del STJ Miguel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak.

Los mismos voceros señalaron que en la jornada de mañana se resolverá si el recurso es admisible y, en ese caso, los jueces tienen un plazo de 20 días para dar a conocer los fundamentos de su decisión.

En caso se que lo declaren inadmisible, a la defensa, a cargo del abogado particular José Ostolaza, le queda el recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Mientras que la querella estará representada en la audiencia de mañana por los abogados Rubén María Virué, Juan Peragallo y Sebastián Arrechea.

Por su parte, Nahir (20) permanece alojada en la Unidad Penal 6 Concepción Arenal, de Paraná, donde fue sancionada en un par de ocasiones por problemas de conducta.

Durante 2019, la joven volvió a ser noticia porque subió fotos a su Facebook desde el interior del penal, se peleó con otra interna y hasta aseguró estar embarazada, aunque luego se confirmó que esto último no era cierto.

Para la defensa, según el recurso presentado ante la Cámara de Concordia el año pasado, el crimen de Pastorizzo (20) debe ser considerado como un «homicidio culposo» por considerar que los disparos fueron «accidentales».

Además, Ostolaza afirma que los jóvenes no mantenían una relación y que Nahir no fue juzgada «con perspectiva de género».

Sin embargo, los camaristas Silvina Gallo, Darío Perroud y Aníbal Lafourcade explicaron que la sentencia de primera instancia fue «absolutamente clara en establecer que entre imputada y víctima existía una relación de pareja en los términos de la ley penal».

Por ello la Cámara confirmó la condena a prisión perpetua por «homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido una relación de pareja».

El crimen de Pastorizzo ocurrió entre las 5.10 y 5.15 del viernes 29 de diciembre de 2017, cuando el joven fue encontrado en una calle de Gualeguaychú con un tiro en la espalda y otro en el pecho, junto a su moto y dos cascos tirados en el suelo.

Inicialmente, al declarar como testigo, Galarza dijo que había visto a su ex novio la noche anterior al crimen, aunque ante la sumatoria de indicios en su contra quedó detenida y en una segunda declaración reconoció que lo había matado pero que había sido de manera «accidental».

La estrategia defensista apuntó a demostrar que Galarza y Pastorizzo no habían tenido una relación de noviazgo y que la joven había sido víctima de violencia de género, aunque durante el juicio no se logró comprobar ninguna de esas hipótesis.

Finalmente, el 3 de julio de 2018, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú integrado por Mauricio Derudi, Arturo Dumón y Alicia Vivian, condenó por unanimidad a Galarza a prisión perpetua por considerar que «ha quedado destruida la hipótesis de la defensa de que los disparos se produjeron de manera involuntaria».

Fuente: Telam

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